Se fija en Bs. 40,00 el valor de la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (UCAU)

Valor de la unidad tributaria

En la Gaceta Oficial Nº 42.703, con fecha del 30 de agosto de 2023, se dio a conocer la Resolución Conjunta emitida por el Ministerio del Poder Popular de Planificación, bajo el número 014-2023, y el Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, con el número 009-2023.

Esta resolución establece que la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo (UCAU) se fija en cuarenta bolívares exactos (Bs. 40,00) (según el artículo 1).

En el artículo 2 de dicha resolución se especifica que la Unidad para el Cálculo Aritmético del Umbral Máximo y Mínimo para las contrataciones públicas (UCAU), establecida mediante esta Resolución, reemplazará a la Unidad Tributaria en lo que respecta a los cálculos aritméticos relacionados con asuntos vinculados a las contrataciones públicas.

Esto aplicará siempre que la unidad tributaria sea utilizada como factor de cálculo aritmético para determinar montos en bolívares, de acuerdo a lo establecido en la Ley Constitucional Contra la Guerra Económica para la Racionalidad y Uniformidad en la Adquisición de Bienes, Servicios y Obras Públicas.

Es importante destacar que esta Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

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